PROYECTO DE LEY DE MEMORIA DEMOCRÁTICA
COMENTARIOS POR ARIEL FRAGA, ABOGADO DE FRAGA ABOGADOS, SLP.
BARCELONA 13 DE JULIO DE 2022

A casi dos años de presentado el Proyecto de Ley de Memoria Democrática, el día lunes 4 de julio pasado, la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados en España, aprobó el Dictamen de la Ley en comento, junto a varias enmiendas, las que se pueden revisar con detalle en el Informe de la Ponencia Nº 121/000064 Proyecto de Ley de Memoria Democrática.

Esto no quiere decir que el Proyecto de Ley ha sido aprobado y se ha convertido en una Ley, sino que, el Dictamen ya aprobado por la Comisión, se remitirá al Pleno del Congreso el día jueves 14 de julio para proceder a su debate y votación, para luego, en caso de ser aprobado por la mayoría simple de la Cámara, continuar su tramitación legislativa en el Senado.
El Senado podrá: introducir nuevas enmiendas; vetar el texto por mayoría absoluta; o, en el mejor de los casos, ratificar el Proyecto de Ley por mayoría simple, quedando, en este último caso, “ad portas” de ser sancionada por el Rey, promulgada y finalmente publicada en el Boletín Oficial del Estado.

Luego debemos esperar que el Ministerio de Justicia de España dicte una Instrucción que reglamente el ejercicio del derecho, como pasó con la anterior Ley de la Memoria Histórica. Es decir, que se regulen cuestiones tan importantes como: el procedimiento legal, donde se debe presentar y quien será competente para resolver las solicitudes, los requisitos a cumplir, los documentos para acreditar el derecho, y los recursos contra las denegaciones.

Una especial preocupación serán los Consulados españoles, sobre todos aquellos ubicados en algunos países de Latinoamérica donde la inmigración española en los siglos XIX y XX fue considerable, y en donde residen muchos descendientes. Deberán ser dotados de medios económicos, técnicos y personal ya que, en caso contrario, me temo que a pesar del titánico esfuerzo que hagan, podrá pasar algo similar a lo sucedido con la anterior Ley 52/07, de la Memoria Histórica, que 10 – 12 años después de su entrada en vigor, siguen abiertos y pendientes de resolución muchos expedientes.

Si la voluntad real del gobierno de España es que los descendientes de los españoles y españolas emigradas, que sean beneficiados por esta Ley, ejerzan sus derechos con garantías y sin dilaciones excesivas, deberá hacer un planteamiento serio y responsable y dotar económicamente a los Consulados para que sus funcionarios puedan llevar a cabo sus responsabilidades con la diligencia debida y con efectividad. A ellos también se les debe garantizar el trabajo con comodidad y decoro.

Ariel Fraga Ramirez
Abogado
FRAGA ABOGADOS.

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